Jacinto Díaz, acusado de estafa contra italiano, provoca otro reenvío de medida de coerción en tribunal de La Romana
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Ultimo Minuto/Serie26
LA ROMANA, República Dominicana.-El acusado
principal por Antonio Di Loreto de FALSEDAD
EN ESCRITURA PÚBLICA Y PRIVADA Y ASOCIACIÓN DE MALHECHORES, Jacinto Santana
Díaz, demostró hoy que sigue burlándose del sistema judicial
dominicano al provocar otro reenvío en el intento de conocer medidas de
coerción en su contra y de otras personas.
En esta ocasión el principal
acusado por Di Loreto envió un certificado médico para justificar su ausencia,
con la cual retrasa por cuatro meses los intentos para que el Juzgado de
Atención Permanente que preside el Juez Carlos Peña pueda conocer de tal
solicitud.
Por esas acciones en audiencia
anterior el representante del Ministerio Público solicitó y obtuvo del Tribunal
la imposición de una multa de 15 días de salario de un Juez de Primera
Instancia, equivalente a más de 50 mil pesos, pagaderos en un plazo de tres
días.
Jacinto Santana Díaz ha venido
valiéndose de diversas argucias para motivar el no conocimiento de la
audiencia, siendo entre ellas la presentación de más de un certificado médico,
ausencia suya, ausencia de su abogado, recusación del juez, recusación del
fiscal, entre otras.
Di Loreto al conocer del nuevo
reenvío dijo a medios de comunicación locales que ya lo tienen decepcionado,
pero que no claudicará en sus intenciones de que se haga justicia en contra de
sus acusados.
“Son demasiados viajes, cosas que no entiendo, me han robado más de 15 millones de dólares, y no veo en que avanzan para castigar esa gente, pero no desmayaré en mis intenciones de que se haga justicia”, sentenció Antonio Di Loreto.
Di Loreto recuerda que hay
“una querella con constitución en Actor Civil en contra de los nombrados
Jacinto Santana Díaz, licenciada Esther Altagracia Rodríguez, licenciada
Cristina Narcisa Ramírez de Jesús, Kersalia Santana Rodríguez y Odalis Remigio,
por falsedad en escritura pública y privada, y asociación de malhechores, previstos
y sancionados por los artículos 147, 148, 150, 265, 266 y 267 del Código Penal
Dominicano.