Las tres mujeres apresadas por estafa con tarjetas Supérate fueron usadas como "mulas"...Avanza investigación sobre agente de Migración acusado de violar menor haitiana en La Altagracia... Defensa Pública denuncia presos son golpeados en cárcel El Pinito de La Vega... Fuego en la cárcel preventiva de Higüey dejó tres reclusos heridos

Corte SPM declara inadmisible apelación de Jacinto Díaz en caso italiano Di Loreto en La Romana

Contribuido
Último Minuto/Serie26

SAN PEDRO DE MACORíS, República Dominicana.-La Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por Jacinto Santana Díaz, contra la medida de coerción dictada en su contra por el Juzgado de Instrucción del Distrito Judicial de La Romana.

La Corte de Apelación estableció que el recurso de apelación fuese declarado inadmisible por haber sido interpuesto fuera del plazo que establece el artículo 411 del Código Procesal Penal.

El Juzgado de Instrucción del Distrito Judicial de La Romana impuso tres meses de prisión preventiva el pasado 11 de julio contra Jacinto Santana Díaz, acusado junto a otras personas por el delito de falsedad en escritura pública y privada, y asociación de malhechores.
Otra medida de coerción fue dictada en contra de Kersalia Santana Rodríguez por el delito de falsedad en escritura pública y privada, y asociación de malhechores en contra del inversionista italiano Antonio Di Loreto.
La medida dictada el Juez del Tribunal de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana, doctor Carlos Peña, contra Kersalia Santana Rodríguez, consiste en presentación periódica mensual, sin día específico, sino a su elección y conveniencia.

Antonio Di Loreto presentó su querella “con constitución en actor civil sobre la ocurrencia de los hechos que constituyen crímenes y delitos cometidos en su contra, con las características de FALSEDAD EN ESCRITURA PÚBLICA Y PRIVADA Y ASOCIACIÓN DE MALHECHORES”, contra Jacinto Santana Díaz, licenciada Esthela Altagracia Rodríguez, licenciada Cristina Narcisa Ramírez de Jesús, Kersalia Santana Rodríguez y Odalis Remigio”.
franklincorderop@gmail.com
www.twitter.com/FranklinCordero
Noticia siguiente Noticia anterior